Únete

FACTURA ELECTRÓNICA OBLIGATORIA

Seguro que has escuchado hablar en redes, en medios e incluso en tus círculos personales y profesionales de la “temida factura electrónica” y, por eso, queremos darte algunas pinceladas y solventarte algunas de tus dudas…

La ley Crea y Crece entró en vigor el pasado mes de octubre de 2022, e introdujo la factura electrónica obligatoria para empresarios y profesionales, una medida para la que conviene prepararse, puesto que su desarrollo reglamentario ya está en proceso y con él, corren los plazos para poder adaptarnos a la normativa.

En el reglamento publicado, se dan los requisitos técnicos y de información a incluir en la factura electrónica.

Pero…¿Qué es una factura electrónica?

Se define en el reglamento como “aquella factura expedida y recibida en formato electrónico entre empresarios y profesionales en la que se documenten operaciones comerciales concertadas entre ellos”. 

Para considerarse como tal, deberá cumplir con cierto contenido mínimo, así como con características técnicas que se definen. Entre otras cosas, este texto asegura que las facturas electrónicas obligatorias deberán emitirse a través de un programa de facturación de la Agencia Tributaria, o bien un programa de factura electrónica certificado, siendo posible combinar ambas vías.

También comenta que las mencionadas facturas deberán permanecer accesibles para su destinatario, tanto para su lectura, como para su descarga y copia durante al menos 4 años.

¿Cuándo comienza a ser obligatorio?

Aún no existe fecha concreta para su entrada en vigor pero, comenzará a aplicarse:

  • En el plazo de un año a partir de su desarrollo reglamentario para los empresarios y profesionales cuya facturación sea superior a 8 millones de euros. 
  • Para el resto de los empresarios y profesionales, el margen de adaptación será de dos años desde la aprobación de dicho desarrollo reglamentario.
  • Todo apunta a que el reglamento de la Ley Crea y Crece verá la luz definitivamente a lo largo de este año por lo que, si te preguntas quién está obligado a facturar electrónicamente en 2023, la respuesta es que esta medida, dados los plazos legales definidos, no llegará a implantarse durante este ejercicio. 

¿Quién está obligado a presentar la factura electrónica?

Se generaliza su uso en operaciones entre empresarios y profesionales.

Esto significaría que tanto empresas como profesionales autónomos quedarán obligados a facturar electrónicamente en sus relaciones con otras empresas y profesionales (B2B), comenzando en primer lugar por aquellos que facturen más de 8 millones de euros al año.

En el plazo de 2 años desde la entrada en vigor del reglamento, todo el sector privado español deberá hacer uso de la factura electrónica obligatoria en sus relaciones B2B, pero por ahora no afectará a sus relaciones con consumidores o clientes finales (B2C)

En conclusión, “AÚNA-CONSEJO” aunque las fechas de entrada en vigor todavía no son ciertas, debes estar a la última e informarte de cualquier novedad al respecto para que no te pille “el toro”.

Share the Post:

Related Posts

Ir al contenido