Seguro que ya lo habéis escuchado. En todos los medios se han hecho eco de la noticia.
Efectivamente, se ha publicado el RDL 9/2025 de 29/7/25 que recoge la ampliación del permiso por nacimiento.
Este permiso se incrementa en tres semanas, pasando de las 16 actuales hasta las 19 para cada progenitor e intransferibles, además con el compromiso adquirido por el Gobierno de ampliarlo a 20 semanas antes de que acabe la legislatura.
El disfrute de 2 de esas semanas es flexible, de tal modo que la persona trabajadora que tenga derecho al permiso podrá disfrutarlas, hasta que el menor cumpla 8 años.
Las familias monoparentales generan el mismo derecho, de tal modo que podrán disfrutar de 32 semanas de permiso por nacimiento, 4 de ellas hasta que el menor cumpla 8 años.
La suspensión del contrato de cada uno de los progenitores por el cuidado de menor se distribuye de la siguiente manera:
- 6 semanas ininterrumpidas inmediatamente posteriores al parto serán obligatorias y habrán de disfrutarse a jornada completa.
- 11 semanas (22 semanas en el caso de monoparentalidad), podrán distribuirse a voluntad de la persona trabajadora, en períodos semanales a disfrutar de forma acumulada o interrumpida y ejercitarse desde la finalización de la suspensión obligatoria posterior al parto hasta que el hijo o la hija cumpla 12 meses. La madre biológica podrá anticipar su ejercicio hasta 4 semanas antes de la fecha previsible del parto.
- 2 semanas (4 en el caso de monoparentalidad), para el cuidado del menor que podrán distribuirse a voluntad de la persona trabajadora, en períodos semanales de forma acumulada o interrumpida hasta que el hijo cumpla los 8 años.
El trabajador deberá comunicar a la empresa con una antelación mínima de 15 días el ejercicio de este derecho en los términos establecidos, en su caso, en los convenios colectivos.
Cuando los dos progenitores trabajen para la misma empresa, la dirección podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas por escrito.
OJO: El derecho a las 2 semanas de disfrute flexible del permiso tiene efectos retroactivos, de tal modo que se aplicará a los nacimientos o adopciones producidos a partir del 2 de agosto de 2024, si bien no podrá solicitarse -así como la prestación económica correspondiente-, hasta el 1 de enero de 2026.
Coste de la ampliación del permiso
La Seguridad Social asume el coste de la ampliación de la prestación por nacimiento y cuidado de menor.
Las empresas están obligadas a mantener el puesto de trabajo y a realizar las cotizaciones correspondientes a favor de las personas trabajadoras.
La entrada en vigor de estas disposiciones se ha fijado en el 31 de julio de 2025.
Si tienes cualquier duda al respecto, escríbenos, como siempre e intentaremos resolvértela.
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