PERMISO PARENTAL DE 8 SEMANAS
¿RETRIBUIDO O NO RETRIBUIDO?

La Audiencia Nacional realiza una nueva interpretación
sobre el permiso parental de ocho Semanas declarando que
ni las empresas ni la seguridad social tienen que remunerar
este periodo destinado al cuidado de los hijos menores de 8
años.
En una sentencia del pasado 30 de septiembre de 2025 la Sala de lo Social del
Juzgado Central concluye que la Directiva europea de conciliación no impone que
el permiso parental, aprobado en España en junio de 2023, sea en todo supuesto
inequívocamente retribuido.
En España ya se cumple con la remuneración de ocho semanas con los permisos
de paternidad/ maternidad, y lactancia, existiendo además en nuestro país 8
semanas extra remuneradas, ya que la UE obliga a remunerar 14 semanas como
mínimo.
La Directiva europea matiza que los países podrán tener en cuenta cualquier
periodo de ausencia relacionado con la familia y cualquier remuneración o
prestación económica por este motivo.
Por tanto, este nuevo permiso obligará a las empresas a suspender temporalmente
la relación laboral por ese periodo, sin remuneración.
Actualmente en España de las 19 semanas del permiso de maternidad, las 6
primeras deben disfrutarse inmediatamente tras el nacimiento o la adopción, once
semanas de forma flexible hasta que el menor cumpla 1 año, y las dos semanas
restantes hasta que cumpla los ocho años.
El permiso de lactancia puede disfrutarse hasta que el menor cumpla los 12 meses.

